sábado, 31 de julio de 2010

LyFDA REPORTA AL COMITÉ DE LA CEDAW

Informe Sombra presentado por Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto ante el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)
-Extracto-

En Argentina, el aborto es ilegal y está penalizado con cárcel, salvo cuando el embarazo es consecuencia de una violación, en caso de peligro para la vida o la salud de la mujer, o si la mujer tiene una enfermedad o discapacidad mental. Aún en estos casos, las posibilidades de acceder a un aborto legal, son excepcionales. Cada año se producen en nuestro país entre 460.000 y 600.000 abortos en condiciones de clandestinidad. Cada tres días muere una mujer como consecuencia de aborto inseguro. Otras tantas sufren daños físicos y emocionales producto de la experiencia de la clandestinidad y la violencia a la que son sometidas.

La prohibición del aborto no exime al Estado de sus obligaciones de prevenir el aborto inseguro: no morir ni enfermarse por aborto inseguro es un derecho humano básico, universal e inderogable, que comparten todos los países, incluso aquellos en los que el aborto es ilegal (según la Constitución Nacional de 1994, Art. 75. inc. 2, Comité CEDAW, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación General 14, párr. 43 d, e, f y párr. 44 a, c, d, entre otros; Resolución de la Cumbre de El Cairo sobre Población y Desarrollo, Objetivo del Milenio Nº 5).

Este Informe se basa principalmente en la información proporcionada por estas 1616 mujeres que llamaron a la Línea desde todo el país, para obtener información sobre aborto seguro. En este marco, tiene como objetivo aportar al Comité información específica sobre acciones concretas y omisiones del Estado argentino en la realización del derecho a la salud de las mujeres, en los términos del artículo 12 de la Convención, de acuerdo con la interpretación de este Comité y demás órganos de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

La experiencia de política sanitaria internacional es enfática respecto a que bajar la morbosidad y mortalidad por aborto inseguro requiere complementar los esfuerzos realizados para ampliar el acceso a la anticoncepción y el mejoramiento de la atención post aborto, con políticas de reemplazo de métodos inseguros por métodos seguros de aborto, y con el reemplazo de métodos seguros caros, por métodos baratos y fáciles de administrar de aborto seguro.

Tanto en los países donde el aborto es legal como en los que el aborto es ilegal, bajar el costo de los servicios de aborto seguro para ampliar su accesibilidad y disponibilidad es uno de los mayores desafíos de política sanitaria. En esta política de reemplazo, el aborto con el medicamento misoprostol registra los mayores avances y avales.

El misoprostol es una medicina esencial según la Organización Mundial de la Salud por ser barato, efectivo, estar ampliamente disponible en una gran cantidad de países y ser culturalmente aceptado para producir abortos autoinducidos seguros hasta la semana 12 de embarazo, contribuyendo a disminuir la prevalencia de las muertes y complicaciones evitables por abortos inseguros en todo el mundo, incluso en países donde el aborto es ilegal. Antes del misoprostol, ningún método era considerado por la OMS y organizaciones médicas internacionales como seguro para que las mujeres aborten por sí mismas en su casa, en ningún momento del embarazo.
 
El marco normativo del derecho a la salud deja claro que las medicinas esenciales deben estar disponibles, ser accesibles, aceptables y ser de buena calidad para beneficiar a las poblaciones vulnerables sin discriminación, en todo el mundo. Según la OG 14 del Comité DESC sobre Derecho a la salud, “...un Estado Parte no puede nunca ni en ninguna circunstancia justificar su incumplimiento de las obligaciones básicas enunciadas en el párrafo 43 supra, que son inderogables.”
 
Descarga el informe completo en español AQUÍ

En inglés AQUÍ