lunes, 4 de octubre de 2010

MANUAL SOBRE ABORTO CON PASTILLAS

TODO LO QUE QUERÉS SABER SOBRE CÓMO HACERSE UN ABORTO CON PASTILLAS

AHORA PODÉS LEER, COMPARTIR Y CRITICAR LA INFORMACIÓN SOBRE ABORTO SEGURO DE LA LÍNEA: «ABORTO, MÁS INFORMACIÓN, MENOS RIESGOS»

Con esta publicación, de descarga gratuita por internet, la Editorial El Colectivo junto a Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto ponemos a disposición de lxs lectorxs un material indispensable que busca hacer efectivo el derecho de todas las mujeres a estar informadas. Este libro condensa el orgullo de la auto-organización política lesbiana, feminista, popular, negra, mestiza, visible y pública que es la línea «Aborto: más información, menos riesgos». Activistas, militantes, familias, amigas, compañerxs, equipos de salud, movimientos sociales, el estado, alrededor del objetivo de compartir información, experiencia, conocimiento, sobre una práctica de las mujeres de todas las épocas: abortar.

El aborto como práctica contracultural se mantiene criminalizado para garantizar su invisibilidad política apuntalando así la fantasía de aborto cero. Sin embargo, en Argentina las mujeres abortamos alrededor de 500.000 veces al año. La autodeterminación de las mujeres populares inventó hace tres décadas una tecnología revolucionaria: el misoprostol como método eficaz y seguro para abortar fuera del hospital. Hoy, hasta la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce que el uso libre de misoprostol baja los abortos inseguros en los países donde abortar es ilegal, y apoya la difusión de información.

Ningún país que cree en los valores de la democracia, la justicia social y la igualdad puede legítimamente impedir que las mujeres aborten, que se organicen para tener una vida digna, libre de violencia, y saludable según las creencias que ellas mismas han construido y el sistema de valores que se han dado.

La legalización del aborto es una deuda de la democracia, porque la prohibición es un resabio de la dictadura cívico-militar oligárquica y eclesiástica contra el pueblo: las mujeres que mueren, que van a la cárcel, que son torturadas por lxs médicxs, lxs juecxs y los curas son las mujeres del pueblo.

En este libro trabajamos para devolver a las mujeres populares lo que es suyo: el conocimiento acumulado durante décadas de persecución y las tecnologías de aborto seguro que ellas inventaron experimentando con su cuerpo, la información pública respaldada por la ciencia. También información sobre la experiencia reciente y las preguntas frecuentes de las 5.000 personas que llamaron a la línea durante este año.

Esperamos que este saber acumulado sea tenido en cuenta por lxs legisladorxs, para formular una ley que no expropie a las mujeres sus conocimientos ni criminalice las experiencias diversas. Cuando la legalización finalmente llegue…

DESCARGÁ EL MANUAL EN FORMA GRATUITA AQUÍ

viernes, 24 de septiembre de 2010

Actividades

CARAVANA CULTURAL POR EL DERECHO AL ABORTO LEGAL SEGURO Y GRATUTITO

25 de SEPTIEMBRE de 2010 - 13 hs. - LANÚS

Quienes reclamamos el derecho al aborto legal, seguro y gratuito, partimos de una concepción integral: EDUCACIÓN SEXUAL PARA DECIDIR, ANTICONCEPTIVOS PARA NO ABORTAR Y ABORTO LEGAL PARA NO MORIR.

Es por esto, que convocamos a todos y todas las lanusenses a participar este 25 de Septiembre de la Caravana Cultural por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito. La misma comenzará a las 13 hs. en el Centro Cultural Roca Negra, Camino General Belgrano y Méndez, Monte Chingolo, Lanús. La caravana recorrerá distintos puntos de nuestra ciudad, donde habrá mesas de difusión con información, y se estarán juntando firmas en adhesión al proyecto de ley por un aborto legal, seguro y gratuito. El recorrido de la caravana concluirá cerca de las 15 hs en Plaza Sarmiento, 9 de julio al 1900, Lanús Este, cuando se dará comienzo al festival con radio abierta.

Según datos oficiales del Ministerio de Salud de la Nación, se calcula que una mujer muere cada dos días en nuestro país producto del aborto clandestino. En el 2009, 60.000 mujeres, de entre 10 y 24 años, fueron hospitalizadas producto de abortos mal realizados dejando en muchas de ellas secuelas irreversibles. Se calcula que entre 450 mil y 700 mil mujeres se practican abortos clandestinos todos los años. En promedio, las mujeres abortamos 2 veces a lo largo de nuestras vidas, 1 aborto por minuto.

Más allá de cualquier creencia personal, ideológica, religiosa, el Estado Nacional debe garantizar el derecho a la vida de las miles de mujeres que hoy son sometidas a las vejaciones y peligros de la clandestinidad. Creemos indispensable el urgente tratamiento y aprobación de este proyecto de ley para garantizar los derechos humanos de las mujeres, eliminando la mortalidad materna, la discriminación por sexo y condición socioeconómica, así como a garantizar el efectivo cumplimiento de las leyes ya vigentes.

Es por todo esto que exigimos:

- La sanción inmediata de una ley que despenalice y legalice el aborto en Argentina.
- La aplicación efectiva, no judicializada, del Artículo 86, del Código Penal.
- El cumplimiento efectivo de la Ley Nacional de Ligadura de Trompas y Vasectomía
- La plena vigencia y aplicación de la Ley Nacional de Educación Sexual Integral (Ley 26.150)
- La aplicación de la Ley y de sus Programas de Salud Sexual y Procreación Responsable con presupuestos adecuados para garantizar su cumplimiento en todo el país.
- Produccion publica y venta libre de misoprostol

Contactos:

casadelsur.lanus@gmail.com

15-5700-9025 (Malena) / 15-3254-1246 (Marina) / 3533-5667 (Casa Tosco)

4240-9368 (HCD Lanús. Interbloque Libres del Sur- SI Unidad Popular)

CARAVANA CULTURAL POR EL DERECHO AL ABORTO LEGAL SEGURO Y GRATUTITO

Espacio de Mujeres del Frente Popular Darío Santillán - Casa del Trabajador Agustín Tosco - Casa del Sur Lanús - Colectivo de Mujeres Juana Azurduy - Movimiento Libres del Sur - Movimiento Proyecto Sur - SI en Unidad Popular - Mov. Universitario SUR UNLA - Mov. Barrrios de Pie - FM LA MOSCA - SUTEBA Lanús – CTA Lanús – Proyecto Sur Lanús – Proyecto Sur UNLA - Centro Cultural Manuel Suárez – Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto – Canal 4 Darío y Maxi – MIR – Grupo Gesta – Programas de Radio “Cuanto dura una hora para vos”, “La mosca en la oreja”, “Nota al Pie”, “Sin careta”.. y siguen las firmas….

viernes, 6 de agosto de 2010

Tiempo Argentino, 3 de agosto de 2010

Por el misoprostol, que hasta 1998 era de venta libre, se paga en la web hasta un 200% más
Aborto inseguro: el negocio ilegal de fármacos se extiende en Internet

Por Lucia Alvarez

Mientras la interrupción clandestina del embarazo sigue siendo la principal causa de muerte materna en el país, en la Red se multiplican los consejos con información errónea y crece el mercado negro de las drogas de uso abortivo.

Vendo pastillas a 50 pesos, originales con vencimiento 2011. Atención las 24 horas, domingos y feriados. Entrega a domicilio en el día sin cargo en Capital y con un costo mínimo a provincia, mediante Correo Argentino.” Mientras los abortos clandestinos siguen siendo la principal causa de muerte materna del país –con un 29% de incidencia– y en el Ministerio de Salud optan por el silencio para abordar el tema, se multiplican en las redes sociales, foros y sitios webs miles de consejos con información errónea, además de un enorme negocio alrededor de la venta ilegal de las drogas utilizadas para abortos medicamentosos.

La oferta de venta ilegal en Internet hoy se extiende por todo el país con costos que varían entre los 40 pesos y los 50 dólares por pastilla, y con métodos tan desarrollados que hoy es posible hasta el pago con tarjetas de crédito. Según Lesbianas y Feministas por la Legalización del Aborto, una ONG que atiende la línea “Más información, menos riesgos”, donde las mujeres consultan por abortos farmacológicos, el 7% de las mujeres consultadas compra las pastillas por Internet a un sobreprecio que ronda el 200%.

“Si el precio con receta en la farmacia del misoprostol es de 15 pesos, el promedio en Internet es de 44, con el riesgo además de que vengan truchas, vencidas, estén en mal estado o que sean placebos. En los barrios más pobres, las cortan y las mezclan con otras drogas, perdiendo el efecto. Las mujeres suelen hacer depósitos y después les llegan por correo o tienen puntos de encuentro con los dealers”, explicó Luciana Sanchez, de esa organización.

La venta por Internet es sólo una faceta más de un enorme negocio ilegal que lucra con el cuerpo de las mujeres. El misoprostol es una droga considerada esencial por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que tiene, además de un uso obstétrico, un uso abortivo hasta la semana 9 o 12 de gestación. Este método fue remplazando a la opción quirúrgica porque es un método no invasivo que puede aplicarse en la casa, con un control médico posterior y que tiene el 1% de riesgo de infección y menos del 5% de posibilidad de hemorragia. Hasta 1998, el misoprostol fue de venta libre en el país. Pero por presión del Colegio Público de Farmacéuticos de la provincia Buenos Aires, y siguiendo el ejemplo de Brasil, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió restringir su venta bajo receta archivada. En la Disposición 3646/98, la ANMAT determinó que la droga “necesita un uso y aplicación controlados con exigencia de información clara acerca de los riesgos”.

Las consecuencias quedaron a la vista: seis de cada diez cajas se venden en el mercado ilegal, según informó el mismo Colegio Público de Farmacéuticos bonaerense. También Marcelo Peretta, presidente del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos, estimó un crecimiento de la venta ilegal de medicamentos para interrumpir embarazos de un 10% anual. Según la Agencia Federal estadounidense de Control de Alimentos y Medicamentos, en 2009 se vendieron en la Argentina unas 8000 píldoras.

“Riesgos en salud reproductiva. Uso indebido de misoprostol en adolescentes embarazadas” fue uno de los primeros estudios realizados en el país sobre el método farmacológico, a cargo de la socióloga María Alicia Gutierrez y la ginecóloga Sandra Vázquez. Señalaban ya en 2003 que los farmacéuticos aplicaban la venta fraccionada e ilegal y tenían métodos de regulación de oferta que llevaban a las mujeres a invertir entre 15 y 150 pesos por una pastilla.

Según la ONG Lesbianas y Feministas, alrededor del 60% de las mujeres compra hoy en el mercado clandestino. La base del problema es que la clandestinidad se extiende mucho más allá de sus límites. El artículo 86 del Código Penal, que prohibe los abortos, establece que aunque la conducta de la mujer sea ilegal, no son delito las acciones médicas que cumplen las reglas éticas y técnicas, antes, durante o después de un aborto. Es decir, los médicos pueden recetar misoprostol. Pero no lo hacen. Según una encuesta realizada a 291 médicos de Atención Primaria de la Salud de 19 provincias durante marzo y abril de 2010, el 70% recibe entre una y cuatro consultas sobre aborto por mes, y de ellos, el 40% entrega información sobre opciones, pero sólo el 8% receta el medicamento.

Por estas prácticas, la distancia entre las mujeres y el sistema de salud es cada vez mayor. Según el informe que la ONG presentó ante el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), el 66% de las mujeres que llamaron a la línea entre marzo y abril de 2010 prefiere no consultar a un médico cuando decide abortar, y el 90% de las menores de 20 años no tiene un médico de confianza con quien hablar de la decisión de interrumpir el embarazo. La conclusión del informe es elocuente: “La prohibición no exime al Estado de sus obligaciones de prevenir el aborto inseguro: no morir ni enfermarse por aborto inseguro es un derecho humano básico, universal e inderogable.”
 
Bajo receta archivada


La decisión de la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (ANMAT) de decretar la venta bajo receta archivada, también afectó la producción del medicamento: el único laboratorio que producía misoprostol puro (comprimidos de 20 mcg) dejó de hacerlo. Por diez años un único laboratorio privado (Beta) produjo misoprostol combinado con diclofenac bajo el nombre comercial de Oxaprost, aunque desde 2007 dos empresas más tienen esa presentación. La producción total de Beta se vende a las droguerías por 4 millones de dólares.

La ventaja del misoprostol puro, que en otros países se conoce como Cytotec, es su precio, casi un tercio más barato que combinado. Por ejemplo, en Ecuador se vende a menos de un dólar la pastilla. Esto es lo que da lugar al mercado clandestino en la Argentina.

Falta de información


Además de las páginas de venta de pastillas, en la Web circulan miles de comentarios con información errónea. “Ola tengo 14 años y stoy super preokupada xq mi papa es receloso demi y si se enteran q puedo star embarazada me puede pegar hasta k se canse tengo muxo miedo ayudenme porfavor” (sic), comenta Liz en un foro de Yahoo. Las respuestas varían entre “puedes tomar la pastilla hasta el día 49”, “va a generarte enormes hemorragias” o “perejil, es tu solución, introducí en tu vagina un cañito y listo suerte ok”.

Las consecuencias por la falta de información son conocidas. Según el Ministerio de Salud, en el país se realizan alrededor de 500 mil abortos al año, 60 mil mujeres terminan internadas por interrupciones mal hechas y 100 mueren al año. Sin embargo, casi no existen políticas en el país que promuevan la información sobre métodos inseguros. Los avances más significativos en este sentido se dieron en el Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable que coordina Paula Ferro, actualmente en el centro de la tormenta por la firma de la resolución ministerial a la guía de abortos no punibles.

Una de las iniciativas más importantes de este programa fue la la línea 0800–222–3444 donde además de otorgar información sobre métodos anticonceptivos, salud sexual, violencia y disfuncionalidades, se abordan los temas preaborto y abortos no punibles. A un mes de haber sido lanzada, el 5% de las 936 preguntas remitían a ese último tema.

Opinión



¿Vale la pena la vida de las mujeres?

Por Verónica Marzano De lesbianas y feministas por la descriminalización del aborto

En un hospital argentino, a las mujeres que llegan por abortos las hacen esperar horas sin atención, les hacen legrados sin anestesia y las denuncian con el policía de guardia, que les toma los datos. De la comisaría van casa por casa, mensualmente, a cobrarle a la mujer la coima y, en muchos casos, a violarla. Mientras que en otro hospital de la Argentina se hace una lista de objetores de conciencia, que permite garantizar un servicio de atención con personal y organizaciones que informan sobre aborto seguro y anticoncepción, y se atiende sin retrasos ni torturas, respetando el secreto profesional y la confidencialidad.

El aborto clandestino es, según el Ministerio de Salud de la Nación, una experiencia por la que todas las mujeres pasamos, por lo menos 2 veces en la vida. Pero hay de parte de todas las instituciones una negativa a hablar del aborto; una imposibilidad general para abordarlo que tiene que ver con una violencia estructural hacia las mujeres. Para este tema no hay caminos intermedios. Desde el Estado, o se refuerza la clandestinidad, o se les garantiza a las mujeres sus Derechos Humanos. Lo segundo requiere la voluntad política de decidir que las mujeres, su vida y su salud, valen políticamente la pena.

 

Link: http://tiempo.elargentino.com/notas/aborto-inseguro-negocio-ilegal-de-farmacos-se-extiende-internet

sábado, 31 de julio de 2010

LyFDA REPORTA AL COMITÉ DE LA CEDAW

Informe Sombra presentado por Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto ante el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)
-Extracto-

En Argentina, el aborto es ilegal y está penalizado con cárcel, salvo cuando el embarazo es consecuencia de una violación, en caso de peligro para la vida o la salud de la mujer, o si la mujer tiene una enfermedad o discapacidad mental. Aún en estos casos, las posibilidades de acceder a un aborto legal, son excepcionales. Cada año se producen en nuestro país entre 460.000 y 600.000 abortos en condiciones de clandestinidad. Cada tres días muere una mujer como consecuencia de aborto inseguro. Otras tantas sufren daños físicos y emocionales producto de la experiencia de la clandestinidad y la violencia a la que son sometidas.

La prohibición del aborto no exime al Estado de sus obligaciones de prevenir el aborto inseguro: no morir ni enfermarse por aborto inseguro es un derecho humano básico, universal e inderogable, que comparten todos los países, incluso aquellos en los que el aborto es ilegal (según la Constitución Nacional de 1994, Art. 75. inc. 2, Comité CEDAW, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación General 14, párr. 43 d, e, f y párr. 44 a, c, d, entre otros; Resolución de la Cumbre de El Cairo sobre Población y Desarrollo, Objetivo del Milenio Nº 5).

Este Informe se basa principalmente en la información proporcionada por estas 1616 mujeres que llamaron a la Línea desde todo el país, para obtener información sobre aborto seguro. En este marco, tiene como objetivo aportar al Comité información específica sobre acciones concretas y omisiones del Estado argentino en la realización del derecho a la salud de las mujeres, en los términos del artículo 12 de la Convención, de acuerdo con la interpretación de este Comité y demás órganos de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

La experiencia de política sanitaria internacional es enfática respecto a que bajar la morbosidad y mortalidad por aborto inseguro requiere complementar los esfuerzos realizados para ampliar el acceso a la anticoncepción y el mejoramiento de la atención post aborto, con políticas de reemplazo de métodos inseguros por métodos seguros de aborto, y con el reemplazo de métodos seguros caros, por métodos baratos y fáciles de administrar de aborto seguro.

Tanto en los países donde el aborto es legal como en los que el aborto es ilegal, bajar el costo de los servicios de aborto seguro para ampliar su accesibilidad y disponibilidad es uno de los mayores desafíos de política sanitaria. En esta política de reemplazo, el aborto con el medicamento misoprostol registra los mayores avances y avales.

El misoprostol es una medicina esencial según la Organización Mundial de la Salud por ser barato, efectivo, estar ampliamente disponible en una gran cantidad de países y ser culturalmente aceptado para producir abortos autoinducidos seguros hasta la semana 12 de embarazo, contribuyendo a disminuir la prevalencia de las muertes y complicaciones evitables por abortos inseguros en todo el mundo, incluso en países donde el aborto es ilegal. Antes del misoprostol, ningún método era considerado por la OMS y organizaciones médicas internacionales como seguro para que las mujeres aborten por sí mismas en su casa, en ningún momento del embarazo.
 
El marco normativo del derecho a la salud deja claro que las medicinas esenciales deben estar disponibles, ser accesibles, aceptables y ser de buena calidad para beneficiar a las poblaciones vulnerables sin discriminación, en todo el mundo. Según la OG 14 del Comité DESC sobre Derecho a la salud, “...un Estado Parte no puede nunca ni en ninguna circunstancia justificar su incumplimiento de las obligaciones básicas enunciadas en el párrafo 43 supra, que son inderogables.”
 
Descarga el informe completo en español AQUÍ

En inglés AQUÍ

domingo, 25 de julio de 2010

GACETILLA LyFDA

El 60% de los argentinos cree que debe despenalizarse el aborto

Discutir sobre los abortos excepcionales, que ya están legislados desde 1921 y que no amparan a más que unas pocas mujeres por año, es la movida impuesta por los sectores que quieren embarrar la cancha del debate sobre la legalización del aborto.

La encuesta que copiamos abajo fue realizada por IBAROMETRO difundida el 22/7. Demuestra que la pregunta no es “si hay que reglamentar las excepciones al codigo penal”, sino, como pregunta la encuesta: "¿está usted de acuerdo con que a una mujer que aborta se le imponga una pena de prisión?".

¡Difundamos entre todxs esta noticia para que no se calle nuestra voz!

El 60% de los argentinos cree que debe despenalizarse el aborto

El sondeo realizado a nivel nacional muestra además que esa opinión no implica que se esté de acuerdo con la acción de abortar. La encuesta también revela que una gran mayoría apoya el derecho de la mujer a decidir sobre su embarazo.

Sábado, 24 de julio de 2010

La mayoría de los argentinos aprueban la despenalización del aborto, pero esta afirmación no implica necesariamente que estén de acuerdo con abortar, reveló una encuesta de la consultora privada Ibarómetro.

La mayoría también coincidió en que las mujeres deben tener derecho a interrumpir su embarazo conforme a sus necesidades y convicciones personales.

"Casi 60% de los argentinos no está de acuerdo con que se penalice a una mujer que realizó un aborto", resultó de la medición. La opinión en este sentido llegó a 70% de los encuestados en el área metropolitana, mientras en el interior del país ese porcentaje alcanzó 49,9%.

Los entrevistados respondieron así ante la pregunta: "¿está usted de acuerdo con que a una mujer que aborta se le imponga una pena de prisión?".

En tanto, 58,5% de los consultados creyó que las mujeres tienen el derecho de interrumpir su embarazo conforme a sus necesidades y convicciones personales, mientras que 30% no lo creyó así.

La Consultora Ibarómetro realizó un sondeo en todo el territorio nacional para evaluar la opinión de los argentinos sobre el tema del aborto como parte de sus estudios sistemáticos de diagnóstico sobre la percepción de los argentinos en materia social, política y cultural.

miércoles, 21 de julio de 2010

GACETILLA DE PRENSA LyFDA

Aborto: lo que discute el diario La Nación no es lo que queremos discutir



Luego de la aprobación de la ley de matrimonio igualitario, varias voces públicas se alzaron a favor de debatir la legalización del aborto. Pero hoy “La Nación” califica de “legalización de hecho” una reglamentación que el Ministerio de Salud adeuda desde hace 90 años. ¿Pretende “La Nación” engañar a toda la sociedad y hacernos creer que en 1921 se legalizó el aborto? ¿Pretende retrasar el debate otros 100 años y que discutamos el ya consagrado derecho de abortar de las niñas que son violadas por sus padrastros? ¿Pretende que todas las mujeres somos niñas que debemos ser autorizadas por el Estado antes de hacer algo que ya hacemos desde siempre?



Ante todo, “La Nación” pretende ocultar la realidad: el aborto en Argentina ya es un hecho.



Es un hecho en la vida de cada mujer: cada mujer aborta en promedio 2 veces en su vida.



Es un hecho cotidiano en la vida social: 1 mujer aborta cada minuto que pasa.



Es un hecho económico: el negocio del aborto clandestino mueve 1 millón de dólares por día.



Es un hecho masivo: hay entre 500.000 y 700.000 abortos clandestinos por año, muy pocos son abortos no punibles.



Es un hecho de salud: el aborto inseguro es la primera causa de muerte de mujeres embarazadas desde hace 20 años.



Es un hecho político: con el voto femenino, 1 aborto seguro = 1 voto seguro.



Es necesario que la ley reconozca el hecho de que, salvo excepciones, todas las mujeres que vivimos hoy en Argentina estamos abortando masivamente de manera clandestina, y que elimine el miedo, la desigualdad y la explotación económica de las mujeres que genera la prohibición. Los avances de Argentina en derechos humanos de las mujeres están siendo evaluados por el Comité para la Convención contra todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). Los Comités Internacionales de derechos humanos recomiendan a nuestro país desde hace 10 años legalizar el aborto. En el Congreso Nacional hay dos proyectos de ley listos para ser tratados este año. Hace 50 años, Eva Perón decía: “Donde hay una necesidad, hay un derecho”. La semana pasada, Cristina Fernández dijo: “Todo lo que sea reconocer derechos, ampliarlos, es bueno para la sociedad”. Con 30 años de democracia, y 90 años de aborto no punible incumplido, ya es tiempo de legalizar el aborto para todas.

Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto

lunes, 21 de junio de 2010

ACTIVIDADES LyFDA

22 de junio
CHARLA DEBATE POR UN ABORTO LEGAL, SEGURO Y GRATUITO EN LA PLATA

El próximo martes, 22 de junio, a las 18.30, en la Facultad de Trabajo Social de la UNLP, se realizará la charla debate Por un Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

Especialistas disertarán al respecto, para avanzar en la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. La Diputada Nacional de Libres del Sur, Cecilia Merchán informará acerca del proyecto de Ley de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Participará a su vez Verónica Marzano, miembro de Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto y vocera de la línea telefónica Aborto: “Más información, menos riesgos".

Organizan: Colectivo de Mujeres Las Juanas, La Plata.
Hora: 18,30 hs.
Lugar: Aula Magna de la facultad de Trabajo Social, ubicada en Calle 9 y 63, La Plata.

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24 de junio
ROSARIO, SEMINARIO SOBRE MI CUERPO DECIDO YO!

En el marco del Seminario “Sobre mi cuerpo decido yo”, integrantes de Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto, participarán del Encuentro “El derecho a decidir sobre nuestro cuerpo. ¿De qué hablamos cuando hablamos de aborto?, el próximo 24 de junio en la Ciudad de Rosario.

En esta misma ocasión, disertará Daniel Teppaz, tocoginecólogo, coordinador Dirección de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud Provincia de Santa Fe.

Organizan: Colectivo de Mujeres Las Juanas, Rosario.
Hora: 17 hs.
Lugar: Centro Municipal Distrito Centro "Antonio Berni" Wheelwright Nº 1486, Rosario.

Ver agenda completa del Seminario en: http://colectivodemujereslasjuanas.blogspot.com/

jueves, 10 de junio de 2010

ACTIVIDADES LyFDA

Jueves 10 de junio

JORNADA DE DEBATE SOBRE ABORTO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Participan: Mariana Romero, Centro de Estudios sobre Estado y Sociedad (CEDES); Mabel Gabarra, Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito; Nelly Minyersky, Investigadora Permanente del Instituto “Ambrosio L. Gioja”, Facultad de Derecho, UBA; Verónica Marzano, Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto y Viviana Manzur, Asociación Metropolitana de Generalistas y Equipos de Salud (AMEGES).

Organiza: Agrupación Estudiantil Realidad, Compromiso y Participación (RCP)ç, Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Buenos Aires.
Hora: 16 hs.
Lugar: Paraguay 2155, Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Buenos Aires.

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 Viernes 11 de junio

PRESENTACIÓN DEL LIBRO “EL ABORTO EN DEBATE”, DE MARIANA CARBAJAL.

Participan: Mariana Carbajal (autora del libro), representantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, CLADEM y Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto. Coordina: Nora Pulido.

Organizan: La Cátedra Libre de Derechos Humanos y el Seminario de Derechos Humanos con perspectiva de género de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires.
Hora: 19.30 hs.
Lugar: Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, Puan 480, Aula 129.

Informes: lu-ma: 12 a 16 hs.; mié-jue-vie: 14 a 18 hs. Oficina s/nº, 1er. piso - Tel: 4432-0606. cddhh@filo.uba.ar; clddhh@gmail.com http://www.filo.uba.ar/contenidos/secretarias/seube/catedras/ddhh/

domingo, 6 de junio de 2010

Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto en el Senado

Se realizó el Parlamento por el Derecho al Aborto legal y seguro


El viernes 4 de junio, se llevó adelante el “Parlamento por el Derecho al Aborto legal y seguro”, impulsado por el Colectivo de Mujeres Juana Azurduy, Diversidad & Género Proyecto Sur, Conurbanas, Enredadas por el Derecho a Decidir, Lesbianas y feministas por la descriminalización del Aborto, Ate Congreso Junta interna y UTE.

El Parlamento se hizo en el marco de la agenda de trabajo que diputadas y diputados junto con organizaciones de mujeres están llevando adelante a fin de instalar el debate sobre la legalización del aborto en el Congreso.

Más de cien mujeres se congregaron al mediodía en la Plaza del Congreso para difundir información sobre el aborto a través de volantes, afiches y una radio abierta. Más tarde, las actividades se desarrollaron en el Salón Illia del Senado de la Nación. Abrieron el panel principal Luis José Gallo Imperiale, senador uruguayo del Frente Amplio, María Lucia da Silveira de la Marcha Mundial de las Mujeres y Luciana Peker, periodista especialista en género.

Luego de las ponencias hubo un sketch teatral (primera realización de la compañía de trabajadores y trabajadoras del Congreso) y una reunión plenaria donde todas las participantes intercambiaron experiencias sobre las acciones llevadas a cabo en cada lugar. También se definieron algunos ejes para trabajar en conjunto, como la difusión de la “Línea Aborto: más información menos riesgos”. Las intervenciones concluyeron con la presentación del Informe “Cómo abortan las mujeres en Argentina: entre la autonomía y la falta de poder”, tercer informe de la Línea, a cargo de Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto.

Para finalizar la jornada todas las asistentes pudieron disfrutar del cuadro realizado “en vivo y en directo” por la artista Mariana Gabor, la proyección de un video realizado por Ximena González donde se ven las posturas a favor del aborto de varios diputados y diputadas, y por último la intervención teatral del Multiplicarte Colectivo de Mujeres Juana Azurduy.

Adhirieron a la actividad:
Diputada Cecilia Merchán (Libres del Sur); Diputada Victoria Donda Pérez (Libres del Sur); Diputado Fernando Solanas (Proyecto Sur); Diputado Jorge Cardelli (Proyecto Sur); Diputada Alcira Argumedo (Proyecto Sur); Diputado Claudio Lozano (Buenos Aires Para Todos en Proyecto Sur); Diputada Verónica Benas (Si por la Unidad Popular); Diputado Eduardo Macaluse (Solidaridad e Igualdad); Diputada Graciela Iturraspe (Si por la Unidad Popular); Diputado Gerardo Milman (GEN); Diputado Horacio Alcuaz (GEN); Diputada Virginia Linares (GEN); Diputado Fabián Peralta (GEN); Diputada Margarita Stolbizer (GEN); Diputada María Luisa Storani (UCR); Diputado Nicolás Castañon (UCR); Diputada Nélida Belous (Proyecto progresista); Diputada Marcela Rodríguez (Coalición Cívica); Diputada Fernanda Gil Lozano (Coalición Cívica); Diputada Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro Popular y Solidario); Diputado Ariel Basteiro (Nuevo Encuentro Popular y Solidario).

domingo, 30 de mayo de 2010

ABORTO EN EL CONGRESO

4 de Junio de 2010

“Parlamento por el Derecho al Aborto legal y seguro”


El Parlamento por el Derecho al Aborto legal y seguro se realizará en el marco de la agenda de trabajo que diputadas y diputados junto con organizaciones de mujeres se propusieron a fin de instalar el debate del aborto en el Congreso.

El mismo se desarrollará el día 4 de junio del corriente año en el Salón Illia del Senado de la Nación y en el mismo intervendrán compañeras del interior del país y de la pcia de Bs As.

Habrá un panel central con invitadas de otro países para que nos cuenten sus experiencias en sus lugares de origen.

El Parlamento tendrá como objetivo trabajar dos ejes:

Por un lado, compartir las estrategias, las formas de resistencia, recursos que desarrollamos y con los que contamos en nuestros respectivos lugares de acción.

Por otro lado, compartir y desarrollar estrategias, objetivos y planes de acción, tanto en cada uno de nuestros lugares, como también a fin de coordinar acciones y/o estrategias conjuntas de cara a la legalización, desclandestinización y erradicación de la violencia ejercida por el Estado y de la sociedad civil sobre nuestros cuerpos y nuestras vidas.

Convocan:

Colectivo de Mujeres Juana Azurduy

Diversidad & Género Proyecto Sur

Conurbanas

Enredadas por el Derecho a Decidir

Lesbianas y Feministas por la descriminalización del Aborto,

ATE Congreso Junta interna

miércoles, 26 de mayo de 2010

Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto

Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres



Viernes 28 DE MAYO
Conferencia de prensa en el Concejo Deliberante de Lanús

Hora: 10hs.
Lugar: Consejo Deliberante de Lanus, Av. 9 de julio 1647, Lanus.

Concejalas del Bloque Movimiento Libres del Sur, presentarán en los Municipios de Lanús, Almirante Brown y Esteban Echeverría tres proyectos de ordenanzas que tienen como objetivo garantizar el acceso de las mujeres a la salud y cumplir con lo previsto por Ley nacional Nº25.673 -de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, la Ley nacional Nº26.485 -de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales-, y la Ley nacional Nº: 24.632 -que ratifica la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Convención Belem Do Pará”.

La primera ordenanza, incluye la implementación de la “Guía Técnica para la Atención de los Abortos No Punibles” del Ministerio de Salud de la Nación, en los Centros de Salud Pública y Privada que funcionan en los territorios de los Municipios

La segunda, persigue la implementación de un “Protocolo de Detección Sistemática de Situaciones de Violencia contra la Mujer en la Consulta Médica”, el Protocolo tiene como objetivo la intervención activa del Estado a través de los servicios de salud, para la disminución de los casos de violencia contra la mujer.

Una tercera ordenanza, establece la difusión del servicio brindado por Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto a través de la “Línea Aborto: más información menos riesgos”, en las instituciones públicas y privadas de la Salud en consultas o entrevistas profesionales. A su vez, promueve la incorporación de la siguiente leyenda: “L´ínea Aborto: más información menos riesgos, Informate llamando o mandando SMS a (011) 15 6664-7070”, en los boletines emitidos por las instituciones del Estado Municipal y en los recibos de pago del tributo Municipal.

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Viernes 28 DE MAYO
Juventudes políticas. "La violencia de género y el aborto"- El cuerpo ajeno de las mujeres - Situación social y legal en América latina. Avances y experiencias de abordaje.

Horario: 14 a 17 hs.
Lugar: Facultad de Ciencias Sociales, Marcelo T. de Alvear 2230.
Organizan: Juventudes Políticas de América Latina.

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Viernes 28 DE MAYO

Charla debate sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo, abierta a varones y mujeres.

Horario: 18,30 hs.
Lugar: Teatro La Máscara (Piedras 736 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) con el siguiente cronograma:
- 18:30 horas. Acreditación
- 19:00 horas. Comienzo de la actividad que contará con las exposiciones de Gabriela Diaz Villa (Línea Aborto: más información, menos riesgos), la Diputada Nacional Vilma Ibarra y el cierre estará a cargo del Diputado Nacional y Presidente del Encuentro por la Democracia y la Equidad, Martín Sabbatella.

Organiza: Encuentro por la Democracia y la Equidad (EDE)

Destinatarios/as: compañeras y compañeros del Encuentro por la Democracia y la Equidad.
Confirmar asistencia respondiendo a:
info@encuentrocapital.com.ar

Más información en: http://www.partidoencuentro.org.ar/agenda.php?site=encuentro&id_entrada=145
 
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Sábado 29 DE MAYO
"Festival Internacional de Cine sobre Diversidad Sexual y Género de Argentina, Libercine 2010" Edición Ciudad de la Plata.

Cortos sobre Aborto - Debate con LyFDA.
Horario: 16 hs.
Lugar: ESPACIO INCAA KM 60, LA PLATA, BUENOS AIRES.
Pasaje Dardo Rocha calle 50 entre 6 y 7 – La Plata

Programa completo AQUÍ.

Más información:
http://www.espacioqueer.com.ar/
http://www.cinediversidadygenero.blogspot.com/
http://www.libercine.com.ar/

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Sábado 29 DE MAYO
“Defendiendo nuestros derechos sexuales, podemos decidir"

Horario: 14 a 18hs.
Lugar: Hogar Patiño, Av Alsina y La Madrid. Lomas de Zamora
Organizan:
Movimiento de Mujeres Juana Azurduy, Curso Zonal de Promotores de Salud en CTA-Lomas, CICOP, Asociación Civil el Tren de la Libertad, Centro de Formación Profesional Nº 406, Área de Salud y Género de Barrios de Pie (Sur 1), Cooperativa de Trabajo 8 de Octubre.

Más información y programa completo AQUÍ.


INVITAMOS A TODAS LAS PERSONAS QUE QUIERAN ACOMPAÑARNOS A PARTICIPAR DE LAS ACTIVIDADES.

jueves, 6 de mayo de 2010

TERCER INFORME DE LA LÍNEA ABORTO MÁS INFORMACIÓN MENOS RIESGOS

Cómo abortan las mujeres en Argentina: entre la autonomía y la falta de poder.

Tercer Informe de la Línea Aborto: más información, menos riesgos.

En 8 meses, la Línea Aborto: más información, menos riesgos, respondió 3188 llamadas de personas que se comunicaron de todo el país para recibir información sobre aborto con misoprostol.

El 21 de abril pasado, durante el "Seminario Aborto con Misoprostol en Atención Primaria de la Salud" presentamos el Tercer Informe de Atención de la Línea y compartimos los resultados con más de 200 médicos, médicas e integrantes de equipos de salud.

Podés descargar en informe completo en PDF AQUÍ.



PRESENTACIONES Y MATERIALES DISTRIBUIDOS EN EL SEMINARIO ABORTO CON MISOPROSTOL

Materiales del Seminario "Aborto con Misoprostol en Atención Primaria de la Salud".


Ya se encuentran disponibles las presentaciones y materiales distribuidos en el Seminario "Aborto con misoprostol en Atención Primaria de la Salud" realizado el último 21 de abril en el Centro Cultural de la Cooperación, Ciudad de Buenos Aires.

Las presentaciones y materiales se pueden descargar en pdf del blog del Seminario:


RESULTADOS DE LA ENCUESTA PARA MÉDICOS Y MÉDICAS SOBRE ABORTO

RESULTADOS DE LA ENCUESTA PARA MÉDICOS Y MÉDICAS SOBRE ABORTO

La Asociación Metropolitana de Generalistas y Equipo de Salud (AMEGES) y Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto realizamos una encuesta anónima en internet a médicos y médicas sobre aborto.
En menos de 2 meses, la encuesta obtuvo la respuesta de 291 médicos y médicas de todo el país (de todas las provincias, salvo de: Catamarca, La Rioja, Mendoza, Salta y San Juan).

Los resultados fueron presentados el 21 de abril pasado, en el marco del "Seminario Aborto con Misoprostol en Atención Primaria de la Salud".

Podés bajar los resultados presentados AQUÍ. 

Podés ver las preguntas de la encuesta y completarla AQUÍ.








jueves, 18 de marzo de 2010

ABORTO: BREVE ENCUESTA PARA MÉDICAS Y MÉDICOS

Partiendo de la importancia que la temática del aborto tiene dentro de los equipos que trabajan en salud, del debate que genera habitualmente en la sociedad en general y en el ámbito médico en particular, es que queremos convocarl@s para responder una breve encuesta.
La misma, que no insume más de 5 minutos, nos permitirá tener una idea mas acabada de las distintas opiniones presentes entre l@s médic@s Generalistas y las distintas especialidades médicas de los equipos de Atención Primaria. Será un insumo importante para abordar estos aspectos en capacitaciones.

La encuesta es absolutamente anónima. Para acceder a ella, hacer click aquí
http://tinyurl.com/yaumdcb

Los resultados serán compartidos por nuestra red y en el Seminario “Aborto con misoprostol en atención primaria de la salud”, que realizaremos el 21 de abril del corriente año en el Salón del Consejo la Facultad de Medicina – UBA

Gracias
Asociación Metropolitana de Generalistas y Equipo de Salud
Lesbianas y Feministas por la Descriminalizació n del Aborto

viernes, 12 de marzo de 2010

Aborto libre, derechos humanos y obligaciones del Congreso Nacional

El 8 de marzo de 2010 el bloque de diputados/as de Nuevo Encuentro presentó su proyecto para consagrar el aborto libre hasta la semana 14 de embarazo como un derecho inalienable de todas las mujeres.

Es la primera vez en 27 años de democracia que un bloque partidario asume el compromiso de legalizar el aborto como política pública imprescindible para cumplir con los derechos humanos. Es también la primera vez que un partido político asume el desafío de ampliar el aborto legal hasta la semana 14 de embarazo, de acuerdo con los estándares internacionales vigentes.

Antes de este 8 de Marzo, día internacional de la mujer, el Congreso y los partidos políticos entendían la legalización del aborto como un tema "de conciencia": los bloques no toman posición como tales y "dejan que cada legislador/a vote según sus propias convicciones".

Bajo el maquillaje de las "alianzas transversales" fueron sepultados sin tratamiento más de 40 proyectos de legalización del aborto. Estos proyectos fueron presentados y acompañados por muchas Diputadas y Diputados junto a organizaciones sociales, ignoradas/os por sus propias/os compañeras/os de bloque. Y con ellos la justicia social para las mujeres, nuestro acceso universal a la salud, nuestros derechos humanos más básicos.

Legalizar el aborto es una medida de necesidad y urgencia, las mujeres abortamos clandestinamente en promedio 2 veces en nuestra vida, 500.000 abortos clandestinos por año, 1 aborto por minuto. Por lo menos 100 mujeres morirán este año como consecuencia directa y exclusiva de la prohibición del aborto. Según la OMS y el Comité de Derechos Humanos de Derechos Humanos de Naciones Unidas en los países donde el aborto se legalizó, inmediatamente las muertes bajaron a cero. El Congreso Nacional debe evitar estas muertes y terminar con la tortura de la clandestinidad y la impunidad de las muertes de más de 3000 mujeres pobres durante estos últimos 27 años.

Es una medida de justicia social y de redistribución de la riqueza. El negocio de la prohibición del aborto factura 1 millón de dólares diarios. Plata que proviene directamente de las horas trabajadas en condiciones de explotación por las mujeres más pobres y que va a los bolsillos monopólicos de pocos laboratorios y médicos. El aborto clandestino es una experiencia cotidiana para todas las mujeres, pero sólo las pobres nos morimos por abortos clandestinos mientras las ricas pagan hasta 5.000 pesos y más en consultorios y clínicas privadas.

Es una medida de igualdad de oportunidades. Garantizar la universalidad del derecho a abortar para todas las mujeres recoge los más altos estándares en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Ampliar el acceso al aborto libre hasta la semana 14 de embarazo permite a una enorme cantidad de mujeres acceder al sistema de salud pública, acceso que hoy no existe.

Las y los legisladores tienen la responsabilidad de legislar para todas y de aprobar los proyectos de ley que garantizan la mayor igualdad de oportunidades para el acceso y ejercicio de los derechos humanos. Legalizar el aborto no es una cuestión de conciencia, es una cuestión de Estado que requiere el compromiso de los bloques partidarios.

El encuentro organizado hoy en la Cámara de Diputados por la Diputada Cecilia Merchán de Proyecto Sur es sin dudas un gran paso en esa dirección. Las Diputadas y diputados María Luisa Storani y Hugo Castañón (UCR), Liliana Parada, Victoria Donda, Cecilia Merchán (Proyecto Sur), Nelida Belous (Proyecto Progresista), se comprometieron a impulsar para este año la legalización del aborto ante unas 50 personas, representantes de organizaciones como la Secretaría de Género de la CTA, el Colectivo de Mujeres Juana Azurduy, Mujerío, Enredadas por el Derecho a Decidir, Conuranas, la Campaña Nacional por el aborto legal, seguro y gratuito, y Lesbianas y Feministas por la descriminalización del aborto.

También estuvieron presentes asesoras y asesores de las y los Diputados Marcela Rodríguez y Claudia Gil Lozano (CC), Virginia Linares, Gerardo Milman y Horacio Alcuaz (GEN), Jorge Cardelli y Pino Solanas (Proyecto Sur) y Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro).

En este encuentro se acordó además realizar el 22 de Abril una Jornada sobre aborto con medicamentos en el marco de la Comisión de Salud de la Cámara y el 28 de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer, un Parlamento de Mujeres para tratar la legalización del aborto.

Finalmente Martha Rosemberg, de la Campaña Nacional por el aborto legal, seguro y gratuito, anunció que el 16 de abril se presenta nuevamente en la Cámara de Diputados el proyecto de ley de la campaña, que cuenta con la firma de por lo menos una veintena de diputadas/os. Confirmó que este proyecto es idéntico al presentado años anteriores: propone legalizar el aborto hasta la semana 12 de embarazo.

LESBIANAS Y FEMINISTAS POR LA DESCRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO

miércoles, 10 de marzo de 2010

GACETILLA NUEVO ENCUENTRO - PROYECTO LEGALIZACIÓN


Gacetilla de prensa - Lunes 8 de marzo de 2010

Impulsan un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo.

Proyecto de Nuevo Encuentro para legalizar el aborto

Los diputados de Nuevo Encuentro Martín Sabbatella, Vilma Ibarra, Carlos Heller, Ariel Basteiro y Jorge Rivas, presentaron hoy –Día Internacional de la Mujer- un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo. “Es imprescindible que la legalización del aborto se instale definitivamente en la agenda legislativa de 2010”, señalaron los diputados nacionales, que se reunieron la semana pasada con Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto (LFDA), una de las agrupaciones que impulsan la norma. “Venimos trabajando desde hace tiempo esta temática consultando opiniones de especialistas y de numerosas organizaciones de la sociedad civil”, expresaron desde el bloque de Nuevo Encuentro.

“Es necesario dinamizar los proyectos existentes, reforzando los consensos. Siempre hubo proyectos pero nunca llegaron a tener tratamiento en la Cámara -explicaron las
referentes de LFDA-. Este proyecto es muy importante porque propone legalizar el aborto hasta la semana 14 de embarazo, como se ha hecho recientemente en España. Si esta ley se aprueba en Argentina estaremos dando un paso gigante para cumplir los
derechos humanos de las mujeres”. En los últimos 25 años, se presentaron alrededor de 50 iniciativas al respecto.

Acerca del compromiso asumido por los diputados de Nuevo Encuentro, agregaron: “El compromiso de los sectores progresistas es fundamental. Son los únicos que pueden impulsar la legalización del aborto, que es un paso clave para terminar con la hipocresía, el negocio y la tortura que se realizan sobre los cuerpos de más de quinientas mil mujeres que abortamos cada año”.

En la reunión, que se llevó a cabo en la sede del Encuentro, estuvieron presentes Sabbatella e Ibarra de Nuevo Encuentro y las representantes del colectivo Lesbianas y
Feministas por la Descriminalización del Aborto, Verónica Marzano, Gabriela Díaz Villa y María Luisa Peralta.

Según el Ministerio de Salud de la Nación en Argentina cada minuto que pasa una mujer aborta de manera clandestina. Se producen entre 460.000 y 700.000 abortos clandestinos por año. En promedio cada mujer enfrenta en su vida por lo menos 2 abortos clandestinos.

Desde 1983 al menos 3.000 mujeres pobres han muerto como resultado de la prohibición del aborto. Aún hoy, la prohibición del aborto sigue estando entre las primeras causas de muertes evitables de mujeres embarazadas en el país.

Más información y contactos:
156589-8885 - 154449-1117 - prensasabbatella@partidoencuentro.org.ar
www.partidoencuentro.org.ar - www.enmoronlohicimos.com

martes, 9 de marzo de 2010

PROYECTO DE LEY - LEGALIZACIÓN DEL ABORTO HASTA LA SEMANA 14

Fuente: http://www.parlamentario.com/noticia-27380.html

Piden legalizar el aborto

El bloque Nuevo Encuentro presentó la iniciativa en Diputados. En los últimos 25 años se presentaron más de 50 proyectos en ese sentido, sin que prosperara ninguno.


En el Día Internacional de la Mujer, los diputados de Nuevo Encuentro Martín Sabbatella, Vilma Ibarra, Carlos Heller, Ariel Basteiro y Jorge Rivas, presentaron un proyecto de ley para legalizar el aborto hasta la semana catorce de embarazo.

“Es imprescindible que la legalización del aborto se instale definitivamente en la agenda legislativa de 2010”, señalaron los diputados nacionales. Agregaron que “venimos trabajando desde hace tiempo esta temática consultando opiniones de especialistas y de numerosas organizaciones de la sociedad civil”.

Los legisladores puntualizaron que “es necesario dinamizar los proyectos existentes, reforzando los consensos. Esta iniciativa es muy importante porque propone legalizar el aborto hasta la semana 14 de embarazo, como se ha hecho recientemente en España. Si esta ley se aprueba en Argentina estaremos dando un gran paso respecto de los derechos humanos de las mujeres”.

En los últimos 25 años, se presentaron alrededor de 50 iniciativas al respecto, todavía sin resolución.

Según el Ministerio de Salud, en Argentina se estima que se producen alrededor de 400.000 abortos clandestinos por año y esta práctica es una de las principales causas de mortalidad materna.

El proyecto

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,…

Artículo 1º.- Toda mujer puede decidir la interrupción voluntaria del embarazo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. antes de las catorce semanas de gestación;

2. si el embarazo es producto de la comisión de un delito contra la integridad sexual, mientras sea inviable la vida del feto con independencia del cuerpo de la mujer.

3. si existe peligro para la vida o la salud de la mujer; entendiéndose a la salud conforme la define la Organización Mundial de la Salud como el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no como la mera ausencia de enfermedades;

4. si se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad de vida extrauterina;


Artículo 2º.- La interrupción voluntaria del embarazo, realizada en concordancia con lo dispuesto en la presente ley, sólo podrá ser ejercida por un profesional o equipo de profesionales médicos y será considerada, a todos los efectos, como una práctica médica sujeta a las responsabilidades previstas en las leyes que regulan el arte de curar.

Artículo 3º.- El médico al que se le solicite la interrupción voluntaria del embarazo deberá informar, de manera clara y acorde a la capacidad de compresión de cada mujer sobre:

a) la posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo según las condiciones de la presente ley;
b) las características de la intervención, riesgos y evolución previsible;
c) el servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo, previsto en el artículo 8º de la presente ley.

Si la decisión de la mujer es la interrupción voluntaria del embarazo el médico deberá registrar en la historia clínica el cumplimiento de su deber de informar así como la decisión de la mujer, adjuntando el consentimiento informado a través de una declaración de voluntad de la mujer autorizando la intervención.

El consentimiento informado como instrumento cuya finalidad es garantizar los derechos de las pacientes no podrá interpretarse como un modo de dificultar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo previsto en la presente ley.

Artículo 4º.- Si se trata de una mujer declarada incapaz en juicio se requiere el consentimiento informado prestado por su representante legal.

Si se trata de una mujer menor de 14 años de edad, se requerirá el consentimiento de al menos uno de sus representantes legales. En todos los casos la niña deberá ser oída y se considerará primordial la satisfacción del interés superior del niño en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

Artículo 5º.- Las prestaciones necesarias para la interrupción voluntaria del embarazo realizada en los términos de la presente ley serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio -o el que lo reemplace- y contarán con la cobertura total y gratuita de todos los servicios de salud del subsector estatal, de obras sociales y privado.

Artículo 6º.- Los médicos o personal auxiliar del sistema de salud que tengan objeciones de conciencia para intervenir en los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo, deberán comunicarlo a las autoridades de los establecimientos a los que pertenecen dentro de los treinta días contados a partir de la promulgación de la presente ley. Quienes ingresen posteriormente, deberán manifestar su objeción en el momento en que inician sus actividades en el establecimiento. El ejercicio del derecho de objeción de conciencia no tendrá consecuencia laboral alguna.

Los profesionales y auxiliares que hubieran manifestado a las autoridades de los establecimientos su voluntad de ejercer la objeción de conciencia con respecto a los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo que en ellos se practiquen, deberán respetar dicha postura en todo ámbito, público o privado, en que ejerzan su profesión.

La existencia de objetores de conciencia no exime de responsabilidad, respecto de la realización de las prácticas requeridas, a las autoridades del establecimiento de salud que corresponda, quienes están obligados a disponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de la mujer a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley.

Artículo 7º.- El Ministerio de Salud de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.

Artículo 8º- El Ministerio de Salud de la Nación reglamentará, en el marco del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva creado por ley 25.673, la implementación del servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de conformidad con el cumplimiento de los objetivos de dicha ley.

Artículo 9º.- No se requerirá la intervención o autorización de ninguna autoridad judicial o administrativa para practicar la interrupción voluntaria del embarazo regulada por la presente ley. La única autorización que se requiere es el consentimiento informado de la mujer o su representante legal, conforme los artículos 3º y 4º de la presente ley.

Artículo 10.- En ningún caso será punible la mujer que causare la interrupción de su propio embarazo o consintiere en que otro se la causare.

Artículo 11.- Modifícase el artículo 85 del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 85.- El que causare la interrupción de un embarazo será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

Si la conducta reprimida en este artículo la realizaran médicos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte, sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena".

Artículo 12.- Deróganse los artículos 86 y 88 del Código Penal.

Artículo 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto que propicia la despenalización y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, reconoce como antecedente el proyecto de ley registrado como expediente 761-D-08. Sobre el mismo se han trabajado algunas modificaciones vinculadas, en término generales, con los avances nacionales e internacionales en políticas públicas, legislación y derechos humanos.

Se transcriben a continuación parte de los fundamentos del proyecto referido y se agregan nuevos a fin de actualizar y adecuar aquellos al texto de la presente iniciativa. La exposición de motivos que ameritó la presentación de aquella, comenzaba con el debate internacional sobre los derechos sexuales y reproductivos y la situación de nuestro país en relación con los avances en la materia.

"Cuando se aborda el tema del aborto y la forma en que el mismo es tratado por nuestra legislación, es fundamental hacer referencia a la historia de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en nuestro país. En primer lugar, hay que mencionar que hasta la década del noventa, no se habló, o mejor dicho se prohibió hablar, de salud sexual y reproductiva y los derechos correspondientes (diez años después de que el tema cobrara relevancia internacional). Por un lado, tanto el gobierno de Isabel Perón en 1974, como la dictadura militar en 1977, emitieron decretos que prohibían y eliminaban las actividades vinculadas al 'control de natalidad'. Recién en el año 1986, se dejaron sin efecto dichos decretos y de esa forma se eliminaron las prohibiciones sobre los servicios públicos de salud y las obras sociales en relación al tema. Esto ocurrió un año después de que el Congreso Nacional ratificara la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), pero el final de la vigencia de normas prohibitivas no significó la inmediata implementación de acciones positivas al respecto. Puede mencionarse en ese sentido, que fue en el año 1988 cuando la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, implementó el Programa de Procreación Responsable.

El año 1994 fue históricamente relevante para los derechos de las mujeres. Por un lado, en cuanto a nuestro país, y a partir de la reforma constitucional, se incorporó la mencionada convención al texto de la Carta Magna, y por otro lado, en el ámbito internacional, se realizó la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) reunida en El Cairo, en la cual se elevó a nivel de compromiso internacional la atención a la salud sexual y reproductiva y el respeto a los derechos correspondientes, y se estableció un 'programa de acción', considerablemente ambicioso pero al que es pertinente aclarar que nadie está obligado; sí resulta un compromiso moral, suscripto por gobiernos, entre ellos el argentino, organizaciones civiles y organismos internacionales. En el año 1995, se realizó la V Cumbre Mundial de la Mujer en Beijing. Ambas conferencias internacionales constituyen avances fundamentales en la consideración de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos de las mujeres.

Cabe entonces señalar que Argentina firmó los documentos emanados de dichos eventos, comprometiéndose a llevar adelante acciones que promuevan la salud de las mujeres y en particular, su salud sexual y reproductiva, así como los derechos pertinentes.

Como consecuencia de lo expuesto, el aborto no puede considerarse por fuera de los compromisos asumidos por nuestro país, o sin enmarcarse en el debate sobre la salud sexual y reproductiva y los derechos de las mujeres. En este sentido, cabe citar el Párrafo 8.25 del Programa de acción de la Conferencia Internacional sobre Población respecto al aborto: 'En ningún caso se debe promover como método de planificación de la familia. Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pública y a reducir el recurso del aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación familiar. Las mujeres que tienen embarazos no deseados deben tener fácil acceso a información fidedigna y a asesoramiento comprensivo (...) En los casos en que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos los casos las mujeres deberían tener acceso a servicios de calidad para tratar complicaciones derivadas de abortos. Se deberían ofrecer con prontitud servicios de planificación de la familia, educación y asesoramiento postaborto que ayuden a evitar la repetición de los abortos.'. Asimismo, en la Conferencia de Beijing mencionada más arriba, la delegación argentina participó del consenso para adoptar el párrafo 106 k) de la Plataforma de Acción que recomienda a los gobiernos considerar la posibilidad de revisar el derecho que impone sanciones a la mujer que comete un aborto. Dice el párrafo mencionado en cuanto a medidas recomendadas a los gobiernos: 'k) A la luz de lo dispuesto en el párrafo 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo...', citado anteriormente, '...considerar la posibilidad de revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales.'.

Teniendo en cuenta lo expresado, cabe referirse a la situación en que se encuentra nuestro país, ya que también el Comité instituido por la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), con facultades de control, seguimiento y evaluación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados parte en el tratado, en el año 1997, recomendó al gobierno argentino revisar la legislación sobre el aborto. El Estado no ha respondido entonces, ni lo ha hecho hasta la actualidad.
Asimismo, también el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, órgano supervisor de la aplicación del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus Protocolos por parte de los Estados Partes, realizó las siguientes recomendaciones a la Argentina en relación al aborto, en el año 2000: '...14. En cuanto a los derechos relacionados con la salud reproductiva, preocupa al Comité que la criminalización del aborto disuada a los médicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violación de una mujer con discapacidad mental...' y continúa, '...El Comité recomienda que el Estado Parte tome medidas para aplicar la Ley de salud reproductiva y procreación responsable de julio de 2000, gracias a la cual se dará asesoramiento sobre planificación familiar y se dispensarán contraceptivos con objeto de ofrecer a la mujer verdaderas alternativas. El Comité recomienda además que se reexaminen periódicamente las leyes y las políticas en materia de planificación familiar. Las mujeres deben poder recurrir a los métodos de planificación familiar y al procedimiento de esterilización y, en los casos en que se pueda practicar legalmente el aborto, se deben suprimir todos los obstáculos a su obtención. Se debe modificar la legislación nacional para autorizar el aborto en todos los casos de embarazo por violación.’

Es claro, por lo tanto, que la revisión de la normativa no sólo no se vincula, sino que es opuesta, a la consideración del aborto como método de planificación familiar. Teniendo en cuenta lo expuesto hasta aquí, es oportuno dejar planteado entonces que el debate sobre el tratamiento normativo del aborto debe realizarse en el marco de la consideración de los derechos humanos, en el que están involucrados el respeto a la autonomía, a la salud integral, a la dignidad, entre otros. Los derechos humanos de las mujeres requieren la consideración de los derechos acordes a su especificidad sexual y reproductiva."

Se avanzaba entonces en los fundamentos con la necesidad de una revisión normativa y de impulsar una propuesta que incorporara, en principio, dos circunstancias de no punibilidad del aborto, ampliando las ya previstas en el artículo 86. Por un lado, cuando hubiere ocurrido el embarazo como consecuencia de un delito contra la integridad sexual, y por otro cuando fuera un embarazo con diagnóstico médico de inviabilidad de vida extrauterina del feto.

“Actualmente, el artículo 86 del Código Penal, pena con reclusión o prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial por el doble tiempo que el de la condena, a los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. A su vez, establece dos excepciones a la prohibición de realizar abortos; si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento legal debe ser requerido para el aborto.

En cuanto a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare, el artículo 88 del Código Penal establece que será reprimida con prisión de uno a cuatro años. En virtud de este mismo artículo, la tentativa no es punible.

La incorporación de estos dos supuestos, ampliaría los casos en que el aborto no es punible, dando respuesta a las recomendaciones recibidas internacionalmente y a cuestiones que hacen a la problemática que nuestro país enfrenta en cuanto al aborto.
¿Cuáles eran esas problemáticas? ¿Cuáles son esas problemáticas?
Repasemos y actualicemos los datos que echan luz sobre ellas.

En nuestro país, como en la mayor parte de los países de América Latina y el Caribe, el aborto es considerado un delito, excepto en los dos casos mencionados.

También es en dicha región donde se concentran gran cantidad de muertes maternas, entre cuyas principales causas se encuentran las complicaciones por abortos inseguros. Según aproximaciones realizadas se llega a una cifra de alrededor de 10.000 muertes por aborto por año en América Latina; el 21% de las muertes maternas en América Latina es por abortos inseguros. El lugar que el aborto ocupa entre las causas de muerte varía en los distintos países. Teniendo en cuenta esta variación es posible estimar que ocurren entre y 250 muertes por cada 100.000 abortos. En promedio, en los países donde el aborto es legal, la cifra es de 0,6 por cada 100.000 interrupciones del embarazo (Organización Mundial de la Salud, 1998).”

En cuanto a lo que ocurre en nuestro país, las complicaciones del aborto constituyen una de las principales causas de muerte materna, siendo el 25% del total, y representado el 1,1 de la tasa de mortalidad materna en Argentina que asciende a 4,4 (Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación –Año 2007-. Dirección de Estadísticas e Información de Salud, Anuario Estadísticas Vitales. Diciembre de 2008).

“Asimismo, "la hospitalización por aborto se ha incrementado en nuestro país en un 57% desde 1995 a 2000 y el 40% de ellas corresponde a mujeres menores de 20 años. Considerando que la mortalidad representa apenas la punta del iceberg, estos datos de hospitalización confirman la magnitud del problema. Debe tenerse en cuenta, por otra parte, que esta cifra corresponde sólo al sector público, ya que el sector privado no reporta datos." (Ministerio de Salud y Ambiente, 2005. "Guía para el mejoramiento de la atención post-aborto"). Puede decirse, por lo tanto, que este tema constituye un problema de salud pública, aunque este proyecto no se aboque específicamente a resolverlo en su complejidad."

Los fundamentos a partir de allí avanzan sobre el proyecto como una respuesta integral al problema de salud pública y derechos humanos que representa la penalización del aborto, y como un intento de revertir las consecuencias que la criminalización del aborto, al volver clandestina esa práctica, representa también para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y al alarmante y creciente número de abortos clandestinos que se practican.

“Hay evidencia irrefutable a nivel internacional que ejemplifica que la despenalización y regulación del acceso aborto ha sido un avance en tanto ha significado la fuerte reducción de las muertes maternas, y no han aumentado las tasas medias de abortos, y en algunos casos, han disminuido. Como dije también en la anterior oportunidad, "Nadie está a favor del aborto y en particular ninguna mujer, por su capacidad de engendrar vida. Sólo, seguramente, quienes lucran con el aborto, propician su práctica.".

En el caso de Suiza, la despenalización del aborto ocurrió en el año 2001 y la evolución de la tasa anual de abortos fue la siguiente: 8.4 (1996), 7.5 (2001) y 7.5 (2002) por mil mujeres en edad fértil. El caso de Suiza también es puesto como ejemplo en los fundamentos del proyecto que, el pasado 27 de septiembre de 2005, la Secretaría Especial de Políticas para las Mujeres (SPM) de la República de Brasil entregó a la Presidenta de la Comisión de Seguridad Social y Familia de la Cámara de Diputados, resultado de los trabajos de la Comisión Tripartita creada en abril de ese mismo año, por la SPM, para revisar la legislación punitiva de la interrupción voluntaria del embarazo.

Según informa la SPM, dicho trabajo prevé que: "..."toda mulher tem o direito à interrupção voluntária de sua gravidez, realizada por médico e condicionada ao consentimento livre e esclarecido da gestante". Assegura a interrupção voluntária da gravidez nas seguintes condições: até 12 semanas de gestação; até 20 semanas, no caso de gravidez resultante de crime contra a liberdade sexual (estupro); no caso de diagnóstico de grave risco à saúde da gestante; e no caso de diagnóstico de má-formação congénita incompatível com a vida ou de doença fetal grave e incurável. Pelo texto, a realização do aborto fica assegurada no âmbito do sistema único de saúde e determina a sua cobertura pelos planos privados.".
(http://200.130.7.5/spmu/destaques/comissao_gravidez/comissao_28_09.htm).

En una publicación producida por la misma SPM a raiz del panel en que se debatió la revisión de legislación punitiva sobre la interrupción voluntaria del embarazo, se adjunta un gráfico que esclarece el efecto de la mortalidad por abortos inseguros sobre la mortalidad materna, tomando el caso Rumania (el mismo puede consultarse en Stephenson et al. AM J Public Health, 1992). Puede resumirse ese gráfico diciendo que en el período de tiempo que va desde 1960 a 1990, las muertes maternas aumentan o disminuyen condicionadas directamente, cada vez más a medida que avanza el tiempo, por la mortalidad como consecuencia de abortos inseguros, mientras las otras causas de muertes maternas disminuyen a lo largo de todo el período.

En esa misma publicación se encuentra un gráfico vinculado con las tasas de abortos en diversos países, tomando como variables el acceso al aborto legal, la educación sexual y anticoncepción. Las conclusiones son muy interesantes. En los países con tasas de aborto de entre 6.5 y 7.6 por 1000 mujeres en edad fértil, como Holanda, Bélgica y Alemania, las mujeres tienen acceso al aborto legal, al uso de anticonceptivos y a una educación sexual amplia. En los países que como Colombia, Chile y Brasil las mujeres sólo tienen acceso al uso de anticonceptivos, las tasas son de entre 36.3 y 40.8.

Podríamos considerar que Argentina se encuentra en el segundo grupo de países, y que deberíamos realizar todas las acciones necesarias para que las tasas se acercaran a las del primer grupo de países. Es por ello también que se considera conveniente el impulso de este proyecto, así como reafirmar la importancia del Programa creado por la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, 25.673.

No hay dudas de que mediante la despenalización del aborto no se promueve su práctica, sino el reconocimiento de los derechos sexuales, reproductivos y la salud integral de las mujeres como derechos humanos, y se termina con la práctica clandestina del aborto.

La misma certeza tenemos en la actualidad sobre la necesidad de despenalizar y regular el acceso al aborto para no seguir poniendo en riesgo la salud y la vida de las mujeres, en tanto la criminalización lleva inevitablemente a la clandestinidad de las prácticas, a abortos sin los cuidados profesionales, éticos y humanos que corresponden y en condiciones de salud precarias, y de ninguna manera la criminalización ha orientado la conducta de las mujeres. Dicho de otro modo, la criminalización del aborto no reduce su número, sino que estos se siguen practicando en condiciones clandestinas con riesgos graves para la salud de la mujer, y en un número importante con el resultado muerte.”

En este sentido es importante destacar que el pasado 17 de junio de 2009
el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitió la Resolución 11/08 sobre la mortalidad y morbilidad materna prevenible y los derechos humanos. Allí el Consejo “Reafirmando la Declaración y la Plataforma de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y sus conferencias de examen y las metas y los compromisos respecto de la reducción de la mortalidad materna y el acceso universal a la salud reproductiva, en particular los que figuran en la Declaración del Milenio de 2000 (resolución 55/02 de la Asamblea General) y en el Documento Final de la Cumbre Mundial de 2005 (resolución 60/01 de la Asamblea General); Reafirmando también los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en particular los relativos al mejoramiento de la salud materna…”, resolvió “1. Expresar grave preocupación por la tasa mundial inaceptablemente alta de mortalidad y morbilidad materna prevenible y señalar a ese respecto que la OMS a calculado que más de1500 mujeres y niñas mueren todos los días como resultado de complicaciones prevenibles que aparecen antes, durante y después del embarazo y el parto y que, en el ámbito mundial, la mortalidad materna es la principal causa de muerte entre las mujeres y niñas en edad reproductiva; 2. Reconoce que la mayoría de los casos de mortalidad y morbilidad materna son prevenibles y que la mortalidad y morbilidad materna prevenible supone un problema de salud, desarrollo y derechos humanos que también exige la promoción y protección efectiva de los derechos humanos de las mujeres y niñas, en particular su derecho a la vida, a ser iguales en dignidad, a la educación, a ser libres para buscar, recibir y difundir información, a gozar de los beneficios del progreso científico, a esta a salvo de la discriminación y a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva.”.

En este marco, la importante proporción de muertes prevenibles que surgen relacionadas con la clandestinidad del aborto y que agravan la tasa de mortalidad materna de nuestro país y sus desigualdades entre jurisdicciones, debieran permitirnos reflexionar sobre los efectos evitables de la penalización del aborto.

“Una última cifra es conmovedora, el 13% de las muertes maternas en el mundo se debe a abortos inseguros. Teniendo en cuenta este último dato y sabiendo que el 61% de las mujeres del mundo vive en países donde el aborto está permitido, nuestro país debería sumarse a aquellos que posibilitan disminuir la cantidad de mujeres que conforman el restante 39% sobre las que ocurren las muertes maternas por abortos inseguros.

Es por todo lo expuesto que el presente proyecto establece la despenalización y regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, penalizando sólo la interrupción realizada sin el consentimiento de la mujer -con una pena agravada en caso de muerte de la misma-, y si la interrupción sin consentimiento la realizaren médicos, parteras o farmacéuticos, dispone su inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena. Para ello se propone la derogación de los artículos 86 y 88 del Código Penal (artículo 12) y la modificación del artículo 85 (artículo 11).”

A continuación los fundamentos de la iniciativa legislativa tomada como antecedente del presente se refieren al articulado del proyecto, lo cual se hace también a partir de aquí, adecuándose a las modificaciones que se han introducido.

Se consagra en el artículo 1º, entonces, el derecho de toda mujer a decidir la interrupción voluntaria del embarazo en cualquiera de las siguientes circunstancias - previstas en función de los plazos de gestación y de la salud de la mujer y el feto-: antes de las catorce semanas de gestación; si el embarazo es producto de la comisión de un delito contra la integridad sexual, mientras sea inviable la vida con independencia del cuerpo de la mujer; si existe peligro para la vida o la salud de la mujer; si se ha diagnosticado médicamente la inviabilidad de vida extrauterina. Respecto del primer supuesto, el establecimiento del plazo de catorce semanas, se corresponde con los avances en legislaciones de otros países, como la recientemente sancionada en España.

El artículo 2º regula el ejercicio del procedimiento en cuestión, estableciendo que el mismo sólo podrá ser realizado por un profesional o equipo de profesionales médicos, y que será considerado a todos los efectos como una práctica médica sujeta a las responsabilidades previstas en las leyes que regulan el arte de curar. El artículo 3º hace operativo el condicionamiento del procedimiento a la voluntariedad de la mujer, disponiendo los pasos y formas para asegurar que la interrupción se realice con el consentimiento informado de la gestante.

“El consentimiento informado constituye una exigencia ética y legalmente exigible a los miembros de la profesión médica, de autonomía del paciente, como un derecho básico derivado de la dignidad de la persona y de su derecho de autonomía. Por tanto, la información necesaria para prestar el consentimiento para una intervención médica no puede convertirse en un acto protocolarizado, que no atienda a las circunstancias específicas de cada paciente. La información así ofrecida no cumpliría con la función prevista en la ley, y el consentimiento así prestado no serviría al efecto previsto.”
(Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España, “Informe al anteproyecto de ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo”, 2009, pág. 94.).

En consonancia con esta interpretación, dicho artículo establece que el médico al que se le solicite la interrupción voluntaria del embarazo deberá informar a la mujer sobre: la posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo según las condiciones de la presente ley; las características de la intervención, riesgos y evolución previsible; el servicio de consejería previo y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo, previsto en el artículo 8º del proyecto de ley.

Es importante que luego de presentar y explicarle a la mujer la información sobre los derechos que la asisten, el médico deja a la libre voluntad y autonomía de la mujer la decisión sobre la interrupción voluntaria del embarazo.

El artículo 4º prevé los consentimientos especiales, de los casos en que se trate de mujeres declaradas incapaces o de mujeres menores de 14 años de edad. En el primer caso se requiere el consentimiento de su representante legal, y en el segundo, tomándose como referencia las leyes 25.673 y 26.061 y sus decretos reglamentarios, la decisión se inscribe en el marco del ejercicio de los derechos y obligaciones de la patria potestad, considerándose primordial la satisfacción del interés superior del niño en el goce de los derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

El proyecto también procura asegurar a las mujeres el acceso a los servicios y procedimientos para la interrupción del embarazo en la red de salud estatal, de las obras sociales y privada. Es por ello que, de acuerdo al artículo 5º, se incluyen las prestaciones necesarias para la interrupción del embarazo en el Programa Médico Obligatorio, o el que en el futuro lo reemplace, y se dispone la cobertura total de dichas prestaciones en todos los servicios de salud de cualquier subsector.

En concordancia con las disposiciones de la ley que procuran garantizar a las mujeres el ejercicio del derecho que regula el presente proyecto en los servicio de la red de salud de cualquier subsector, se incorporan -en el artículo 6º- los criterios básicos para que los médicos o personal auxiliar de cualquier efector del sistema de salud, puedan ejercer el derecho de objeción de conciencia respecto a los actos médicos necesarios para la interrupción voluntaria del embarazo.

El primer criterio es que la manifestación de la objeción de conciencia debe sostenerse en todos los establecimientos o ámbitos en que se ejerzan las prácticas objetadas. Es importante evitar cualquier posibilidad de ejercer una doble moral, una para el ámbito público y otra para el ámbito privado. Quien es objetor de conciencia debe serlo en todos los ámbitos donde ejerza. El segundo criterio es que el derecho subjetivo de las personas, en este caso los médicos y auxiliares, no puede limitar en modo alguno los derechos de quienes solicitan la práctica. Por lo tanto, los establecimientos, como instituciones de salud, están obligados a disponer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de la mujer a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley.

Se ha expresado y ejemplificado a lo largo de estos fundamentos que en el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y en particular con relación a la prevención de la morbi-mortalidad materna por abortos inseguros, además de revertir la clandestinidad de esas prácticas, es fundamental la prevención de embarazos no deseados, es decir el acceso a métodos anticonceptivos, que junto con la educación sexual disminuyen las tasas de abortos. Y en consecuencia, se planteaba la necesidad de acompañar este proyecto de despenalización con un respaldo a la ley 25.673. Esto se traduce, en el artículo 8º del presente proyecto, en la implementación del servicio de consejería previo y posterior a la interrupción del embarazo, de conformidad con los objetivos de dicha ley.
El Ministerio de Salud, autoridad de aplicación de la ley según se propone -artículo 7º-, reglamentará en el marco del Programa Nacional creado por ley 25.673 la implementación de ese servicio de consejería.

Por último, es sabido que la modificación de la legislación es una condición necesaria pero no suficiente para garantizar la posibilidad de que las mujeres se realicen esta práctica sin encontrar obstáculos de diversos tipos. Es sabido que actualmente, aún en los casos permitidos, no es sencilla para las mujeres la accesibilidad para realizarse un aborto. Los artículos 9º y 10º responden a la intención de garantizar efectivamente el ejercicio de los derechos que establece esta ley.

El artículo 9º prevé expresamente que no es exigible la intervención de ninguna autoridad judicial o administrativa para practicar la interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley, y el artículo siguiente, despeja cualquier duda sobre la no punibilidad de la mujer que causare la interrupción de su propio embarazo o consintiere que otro se la causare.

Concluyendo, se propone la despenalización y regulación del acceso al aborto partiendo del conocimiento real que dicha práctica se efectúa en forma clandestina.

Abordamos la temática como un grave problema de salud pública -que afecta a las mujeres- y del reconocimiento de los derechos sexuales, reproductivos y de salud integral de las mujeres como derechos humanos. En este sentido, la presente propuesta intenta contribuir a sincerar, modificar y superar los problemas vinculados con la criminalización del aborto.
En virtud de lo expuesto se propone la aprobación del presente proyecto de ley.